Registro Único Ambiental (RUA) manufacturero
Protocolo para el monitoreo y seguimiento del Subsistema de Información sobre Uso de Recursos Naturales Renovables – SIUR – para el sector manufacturero
El Registro Único Ambiental – RUA – para el Sector Manufacturero se ha estructurado sobre el criterio de balance de materia y en lo posible de energía sobre la unidad productiva (establecimiento del sector manufacturero), referido a un período de tiempo preestablecido el cual se denomina “período de balance”, sobre la información georreferenciada de las entradas (agua, energía, materias primas) y las salidas (energía, vertimientos, emisiones a la atmósfera productos y residuos). Con la Clasificación Industrial Internacional Uniforme de las actividades económicas del sector manufacturero –CIIU- y la Clasificación Central de Productos –CPC- este Registro permitirá entre otros obtener información estandarizada sobre el uso, aprovechamiento o afectación de los recursos naturales renovables por las actividades del sector.
El Registro Único Ambiental – RUA – establecido para el Sector Manufacturero se compone de nueve (9) Capítulos:
- CAPITULO I. Identificación de la Empresa y del Establecimiento Industrial
- CAPITULO II. Autorizaciones Ambientales del Establecimiento
- CAPITULO III. Recurso Agua
- CAPITULO IV. Energía.
- CAPITULO V. Emisiones a La Atmósfera.
- CAPITULO VI. Materias primas consumidas y bienes consumibles –Recursos Naturales que son sujetos a salvoconducto o remisión de movilización.
- CAPITULO VII. Principales Bienes Elaborados y/o Servicios ofrecidos durante el Periodo de Balance
- CAPITULO VIII Residuos o Desechos
- CAPITULO VIII A. Información sobre generación, manejo y existencias de residuos o desechos no peligrosos
- CAPITULO VIII B. Información sobre generación, manejo y existencias de
Normatividad
Manuales
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